El 30 de julio de 2021, el Ministerio de Justicia de China publicó la propuesta “Ley de Arbitraje de la República Popular China (Revisión) (Borrador para comentario público)" (en adelante, el "Borrador revisado", 中华人民共和国 仲裁 法 (修订) (征求意见稿)), que ha realizado cambios significativos en la Ley de Arbitraje existente. Los amplios cambios tienen como objetivo facilitar que el régimen de arbitraje de China esté más en consonancia con la práctica internacional.
El Borrador revisado realiza cambios innovadores en los siguientes aspectos.
En primer lugar, se ampliará el alcance del arbitraje. El artículo 2 de la Ley de Arbitraje (2017) estipula que “las disputas contractuales y otras disputas sobre derechos e intereses de propiedad entre ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones en igualdad de condiciones pueden ser arbitradas”. El Borrador Revisado elimina la frase, "de igual estatus" como lo requiere la Ley de Arbitraje (2017), y reduce el alcance de "disputas administrativas a ser manejadas por órganos administrativos" que no pueden ser arbitradas de "de acuerdo con la legislación" a " conforme a las leyes ”, refiriéndose específicamente a las leyes promulgadas por la Asamblea Popular Nacional y su Comité Permanente. Dicha revisión permite el arbitraje en disputas de inversión y deportivas en China.
En segundo lugar, el régimen de arbitraje ad hoc está previsto en el Capítulo VII, Disposiciones especiales sobre arbitraje relacionado con el extranjero, que permite que los tribunales arbitrales ad hoc resuelvan los casos de arbitraje relacionado con el extranjero.
En tercer lugar, se prioriza la autonomía de voluntad de las partes en cuanto a las condiciones para la entrada en vigor de un convenio arbitral y la sede del arbitraje. Con respecto a las condiciones requeridas para que un acuerdo de arbitraje entre en vigencia, el Borrador Revisado solo requiere que las partes “expresen su intención de solicitar el arbitraje” y ya no requiere que las partes acuerden los “asuntos sometidos a arbitraje” y el “ comisiones de arbitraje seleccionadas ”.
En cuarto lugar, en respuesta a las necesidades de arbitraje durante la epidemia de COVID 19, los procedimientos de arbitraje se pueden llevar a cabo en línea.
En quinto lugar, consiste en unificar las normas para la revisión judicial de los laudos arbitrales nacionales y extranjeros, acortando el período de solicitud para anular laudos arbitrales de seis a tres meses y eliminando la disposición de no ejecución de los laudos arbitrales a solicitud de las partes interesadas.
Foto de portada por escocesa cris (https://unsplash.com/@scotcris) en Unsplash
Colaboradores: Equipo de colaboradores del personal de CJO