El fallecido, o fallecido, tiene dos tipos de sucesores (herederos): el sucesor intestado y el sucesor designado por testamento.
Los sucesores intestados se refieren a los sucesores elegibles para la sucesión de acuerdo con la ley: cónyuge, hijos, padres, hermanos, abuelos paternos y abuelos maternos del fallecido.
Los sucesores designados por un testamento se refieren al sucesor determinado por el testamento del difunto.
Referencia: Artículos 1127 y 1133 del Código Civil.
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Colaboradores: Equipo de colaboradores del personal de CJO