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Código Civil de China: Libro VII Responsabilidad por agravio (2020)

民法典 第七 编 侵权 责任

Tipo de leyes de derecho criminal

Organismo emisor Congreso Nacional de Personas

Fecha de promulgación 28 de mayo de 2020

Fecha efectiva 01 de enero de 2021

Estado de validez Válido

Aplicación A escala nacional

Tema (s) Civil Ley de agravios Código Civil

Editor (es) Observador de CJ Xinzhu Li 李欣 烛

Código Civil de la República Popular China
(Aprobado en la Tercera Sesión de la Decimotercera Asamblea Popular Nacional el 28 de mayo de 2020)
Responsabilidad extracontractual del libro siete
Capítulo I Reglas generales
Artículo 1164 Este Libro regula las relaciones de derecho civil derivadas de la vulneración de los derechos e intereses de derecho civil.
Artículo 1165 El actor que por su culpa infrinja los derechos e intereses civiles de otra persona será responsable de la responsabilidad extracontractual.
Cuando se presume que un actor tiene la culpa de acuerdo con las disposiciones de la ley y no puede probar que no lo ha hecho, el actor asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1166 Cuando un actor lesiona los derechos e intereses civiles de otra persona, si la ley dispone que la responsabilidad extracontractual será asumida por dicho actor sin tener en cuenta si el actor tiene la culpa o no, se seguirán tales disposiciones.
Artículo 1167 Cuando un acto ilícito ponga en peligro la seguridad personal o patrimonial de otra persona, la persona infractora tiene derecho a solicitar al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual, como el cese de la infracción, la eliminación de la molestia o la eliminación del peligro.
Artículo 1168 Cuando dos o más personas cometan conjuntamente un acto ilícito que cause daño a otra persona, asumirán la responsabilidad solidaria.
Artículo 1169 El que colabore o incite a un actor en la comisión de un acto ilícito asumirá la responsabilidad solidaria con el actor.
La persona que ayude o incite a un actor sin capacidad o con capacidad limitada para realizar actos jurídicos civiles en la comisión de un acto ilícito asumirá la responsabilidad extracontractual. El tutor del actor con capacidad nula o limitada para la realización de actos jurídicos civiles asumirá la responsabilidad correspondiente cuando incumpla las funciones de tutor.
Artículo 1170 Cuando dos o más personas cometan un acto que ponga en peligro la seguridad personal o patrimonial de otra persona y el daño sea causado solo por uno o varios de ellos, si se puede identificar al o los infractores específicos, el o los infractores asumirán la responsabilidad. , y si no se puede identificar al o los infractores específicos, todos los actores asumirán la responsabilidad solidaria.
Artículo 1171 Cuando los hechos delictivos cometidos por dos o más personas respectivamente causen el mismo daño a otra persona, y cada acto sea suficiente para causar la totalidad del daño de manera independiente, los actores asumirán la responsabilidad solidaria.
Artículo 1172 Cuando los actos delictivos cometidos por dos o más personas, respectivamente, causen el mismo daño a otra persona, cada una de ellas asumirá la responsabilidad en proporción a su respectiva parte de culpa, si puede determinarse, o en igual proporción si no puede determinarse. determinado.
Artículo 1173 Cuando el infractor sea también culpable de la ocurrencia o agravación del mismo daño a sí mismo, se podrá atenuar la responsabilidad del infractor.
Artículo 1174 El actor no asumirá responsabilidad por los daños causados ​​intencionalmente por la víctima.
Artículo 1175 Cuando un daño sea causado por una tercera persona, la tercera persona será responsable por agravios.
Artículo 1176 Cuando una persona participe voluntariamente en una actividad recreativa o deportiva con ciertos riesgos inherentes y, por lo tanto, sufra un daño por el acto de otro participante, no podrá solicitar al otro participante la responsabilidad extracontractual a menos que el daño sea causado por el acto intencional de este último o por su grave negligencia.
La responsabilidad de un organizador de la actividad se regirá por las disposiciones de los artículos 1198 al 1201 de este Código.
Artículo 1177 Cuando se violen los derechos e intereses legítimos de una persona y ésta pueda sufrir un daño irreparable si no se toman acciones de inmediato porque la situación es urgente y no se dispone de protección inmediata por parte del órgano del Estado, podrá tomar medidas razonables como la incautación del causante del daño en la medida necesaria para proteger sus legítimos derechos e intereses, siempre que solicite inmediatamente al órgano estatal competente que se ocupe de ello.
La víctima que haya tomado una medida indebida para causar daño a otra persona asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1178 Cuando este Código u otras leyes dispongan lo contrario sobre las circunstancias bajo las cuales un actor no asume responsabilidad o la mitiga, se seguirán dichas disposiciones.
Capítulo II Daños
Artículo 1179 Cuando una persona sufra lesiones corporales como consecuencia de una infracción de otra persona, se indemnizarán los gastos médicos, de enfermería, de transporte, de nutrición, dietas por hospitalización y demás gastos razonables de tratamiento y rehabilitación, según corresponda. así como la pérdida de ingresos debido al trabajo perdido. Cuando una persona quede discapacitada como resultado de una infracción cometida por otra persona, la compensación también incluirá los costos del equipo auxiliar y la compensación por discapacidad. Cuando una persona fallezca como consecuencia de una infracción cometida por otra persona, la indemnización incluirá también sus gastos funerarios y la indemnización por fallecimiento.
Artículo 1180 Cuando un mismo acto doloso ocasione múltiples muertes, a todas se les podrá aplicar el mismo monto de indemnización por muerte.
Artículo 1181 Cuando muere una persona infractora, sus parientes cercanos tienen derecho a solicitar que el agraviado asuma la responsabilidad extracontractual. Cuando el infractor es una organización y, posteriormente, la organización se divide o se fusiona con otra (s) organización (es), la organización que sucede al derecho de la misma tiene derecho a solicitar al autor del daño que asuma la responsabilidad extracontractual.
Cuando muere una persona infractora, la persona que ha pagado sus gastos médicos, gastos funerarios y otros gastos razonables tiene derecho a solicitar al agraviado que compense los gastos, excepto aquellos gastos ya pagados por el agraviado.
Artículo 1182 Cuando una infracción a los derechos e intereses personales de una persona les cause daño a la propiedad, se indemnizará en función del daño sufrido por la persona infringida o de los intereses ganados por el autor del daño. Cuando sea difícil determinar el daño sufrido por la persona infringida y los intereses ganados por el infractor, y cuando la persona infringida y el infractor no puedan ponerse de acuerdo sobre el monto de la indemnización y, por lo tanto, entablar una demanda ante el tribunal popular, el tribunal popular deberá determinar el monto de la indemnización de acuerdo con la situación real.
Artículo 1183 Cuando una vulneración de los derechos e intereses personales de una persona natural le cause grave sufrimiento psíquico, la persona vulnerada tiene derecho a solicitar una indemnización por los dolores y sufrimientos.
Cuando, debido a un acto intencional o gravemente negligente de un actor, se infringe un objeto de importancia personal de una persona física, lo que causa una angustia mental grave a la persona, la persona infringida tiene derecho a solicitar una indemnización por los dolores y sufrimientos.
Artículo 1184 En caso de infracción a la propiedad de otra persona, el daño a la propiedad se calculará de acuerdo con el precio de mercado en el momento en que se produzca el daño o por otros métodos razonables.
Artículo 1185 En caso de infracción intencional de los derechos de propiedad intelectual de otra persona, cuando las circunstancias sean graves, la persona infringida tiene derecho a solicitar la indemnización punitiva correspondiente.
Artículo 1186 Cuando ni la víctima ni el actor sean culpables de la ocurrencia del daño, las pérdidas serán compartidas por ambas partes de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Artículo 1187 Una vez causado el daño, las partes podrán negociar la forma de pago de la indemnización. En caso de que no lleguen a un acuerdo, la indemnización se pagará a tanto alzado, o podrá pagarse a plazos cuando sea realmente difícil para el infractor realizar un pago a tanto alzado, siempre que la persona infractora tenga derecho a solicitar la agraviador para proporcionar una fianza correspondiente.
Capítulo III Disposiciones especiales sobre la asunción de responsabilidad
Artículo 1188 Cuando una persona con capacidad nula o limitada para realizar actos jurídicos civiles cause daño a otra persona, el tutor de dicha persona asumirá la responsabilidad extracontractual. La responsabilidad extracontractual del tutor puede mitigarse si el tutor ha cumplido con su deber de tutela.
Cuando una persona que tenga bienes pero que no tenga o tenga una capacidad limitada para realizar actos jurídicos civiles cause daño a otra persona, la indemnización se pagará con sus propios bienes y el tutor deberá satisfacer cualquier deficiencia.
Artículo 1189 Cuando una persona con capacidad nula o limitada para la realización de actos jurídicos civiles cause daño a otra persona y su tutor haya delegado el deber de tutela en otra persona, el tutor asumirá la responsabilidad extracontractual y el delegado culpable asumirá responsabilidad correspondiente.
Artículo 1190 Cuando una persona con plena capacidad para la realización de actos jurídicos civiles sea culpable de causar daño a otra persona por pérdida temporal del conocimiento o pérdida del control, será responsable del agravio. Cuando no sea culpable, indemnizará a la víctima de acuerdo con su situación económica.
Cuando una persona con plena capacidad para la realización de actos jurídicos civiles cause daño a otra por pérdida temporal del conocimiento o pérdida del control como resultado de la intoxicación o abuso de estupefacientes o psicotrópicos, asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1191 Cuando un empleado cause daño a otra persona en relación con el desempeño de su trabajo, su empleador asumirá la responsabilidad extracontractual. El empleador puede, después de asumir la responsabilidad extracontractual, reclamar una indemnización contra el empleado que actúe intencionalmente o con negligencia grave.
Cuando, durante el período de envío de mano de obra, un empleado enviado causa daño a otra persona en relación con el desempeño de su trabajo, el empleador que recibe al empleado enviado deberá asumir la responsabilidad extracontractual. El empleador que despacha al empleado culpable asumirá la responsabilidad correspondiente.
Artículo 1192 Cuando en una relación laboral formada entre particulares, la parte que presta los servicios laborales causa daño a otra persona en relación con los servicios laborales, la parte receptora de los servicios laborales asumirá la responsabilidad extracontractual. La parte receptora del servicio puede, después de asumir la responsabilidad extracontractual, reclamar una indemnización contra la parte proveedora del servicio que actúe intencionalmente o con negligencia grave. Cuando el prestador del servicio sufra daños en relación con los servicios laborales, ambas partes asumirán las responsabilidades correspondientes de acuerdo con sus respectivas faltas.
Cuando un acto de una tercera persona causa daño a la parte proveedora del servicio cuando se brindan dichos servicios, la parte proveedora del servicio tiene el derecho de solicitar a la tercera persona que asuma la responsabilidad extracontractual, o solicitar a la parte receptora del servicio que haga una compensación. . La parte receptora del servicio puede, después de realizar la compensación, reclamar una indemnización contra la tercera persona.
Artículo 1193 Cuando un contratista cause daño a un tercero oa sí mismo durante la realización de la obra contratada, el ordenante no asumirá responsabilidad extracontractual, siempre que el ordenante asuma la responsabilidad correspondiente cuando incurra en falta en la realización del pedido, haciendo el instrucciones, o seleccionando al contratista.
Artículo 1194 Los usuarios de la red y los proveedores de servicios de la red que, a través de la red, infrinjan los derechos e intereses civiles de otra persona, serán responsables de responsabilidad extracontractual, a menos que la ley disponga lo contrario.
Artículo 1195 Cuando un usuario de la red comete un acto ilícito mediante el uso del servicio de red, el titular del derecho tiene derecho a notificar al proveedor del servicio de red para que tome las medidas necesarias como supresión, bloqueo o desconexión. La notificación deberá incluir la prueba preliminar que establezca el agravio y la información de identidad real del titular del derecho.
Después de recibir la notificación, el proveedor de servicios de red remitirá oportunamente la notificación al usuario de la red correspondiente y tomará las medidas necesarias en función de la evidencia preliminar que establezca el agravio y el tipo de servicio denunciado. En caso de no tomar las medidas necesarias a tiempo, asumirá la responsabilidad solidaria de la parte agravada del daño con el usuario de la red.
El titular de los derechos que cause daños al usuario de la red o al proveedor de servicios de red debido a una notificación errónea asumirá la responsabilidad extracontractual, a menos que la ley disponga lo contrario.
Artículo 1196 Después de recibir la notificación remitida, el usuario de la red podrá presentar una declaración de no infracción al proveedor del servicio de red, que incluirá la prueba preliminar de no infracción y la información de identidad real del usuario de la red.
Después de recibir la declaración, el proveedor de servicios de red la remitirá al titular de los derechos que emitió la notificación y le informará que puede presentar una denuncia al departamento correspondiente o una demanda ante el tribunal popular. El proveedor de servicios de red deberá rescindir oportunamente las medidas tomadas cuando, dentro de un período de tiempo razonable después de que la declaración enviada llegue al titular del derecho, no reciba notificación de que el titular del derecho ha presentado una queja o una demanda.
Artículo 1197 Un proveedor de servicios de red que sepa o debería haber sabido que un usuario de la red ha infringido los derechos e intereses civiles de otra persona al utilizar sus servicios de red, pero no toma las medidas necesarias, asumirá la responsabilidad solidaria con la red. usuario.
Artículo 1198 Los operadores o gerentes de locales comerciales o públicos tales como hoteles, centros comerciales, bancos, estaciones de bus o tren, aeropuertos, estadios y lugares de entretenimiento, o los organizadores de actividades masivas, serán responsables de responsabilidad extracontractual cuando no cumplan con las deber de mantener la seguridad y así causar daño a otra persona.
Cuando el daño a otra persona sea causado por un tercero, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual, y el operador, gerente u organizador que incumpla el deber de mantener la seguridad asumirá la responsabilidad complementaria correspondiente. Después de asumir la responsabilidad adicional, el operador, gerente u organizador puede reclamar una indemnización contra la tercera persona.
Artículo 1199 Cuando una persona sin capacidad para la realización de actos jurídicos civiles sufre lesiones corporales mientras estudia o vive en un jardín de infancia, escuela o cualquier otra institución educativa, dicho jardín de infancia, escuela o institución educativa asumirá la responsabilidad extracontractual; siempre que el jardín de infancia, la escuela o la institución educativa no asumirán responsabilidad extracontractual si pueden demostrar que han cumplido con sus responsabilidades en materia de educación y gestión.
Artículo 1200 Cuando una persona con capacidad limitada para la realización de actos jurídicos civiles sufra lesiones personales mientras estudia o vive en una escuela o cualquier otra institución educativa, la escuela o institución educativa asumirá responsabilidad extracontractual si no cumple con sus responsabilidades en educación y gestión.
Artículo 1201 Cuando una persona con capacidad nula o limitada para realizar actos jurídicos civiles, mientras estudia o vive en un jardín de infancia, escuela o cualquier otra institución educativa, sufra daños personales causados ​​por una tercera persona distinta del jardín de infancia, escuela o centro educativo. institución, el tercero asumirá la responsabilidad extracontractual, y el jardín de infancia, la escuela o la institución educativa asumirá la responsabilidad complementaria correspondiente si no cumple con sus responsabilidades en la gestión. Después de asumir la responsabilidad complementaria, el jardín de infancia, la escuela o la institución educativa pueden reclamar una indemnización contra la tercera persona.
Capítulo IV Responsabilidad por productos
Artículo 1202 Cuando un defecto de un producto cause daño a otra persona, el fabricante asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1203 Cuando un defecto de un producto cause daño a otra persona, el infractor podrá reclamar una indemnización contra el fabricante o el vendedor del producto.
Cuando un defecto es causado por el fabricante, el vendedor que ha pagado la compensación tiene derecho a una indemnización contra el fabricante. Cuando un defecto es causado por culpa del vendedor, el fabricante que ha pagado la compensación tiene derecho a una indemnización contra el vendedor.
Artículo 1204 Cuando el daño sea causado por un defecto de un producto por culpa de un tercero, como un transportista o un almacenista, el fabricante o vendedor del producto, previo pago de una indemnización, tendrá derecho a indemnización contra el tercera persona.
Artículo 1205 Cuando un defecto de un producto ponga en peligro la seguridad personal o patrimonial de otra persona, la persona infractora tiene derecho a solicitar al fabricante o vendedor que asuma la responsabilidad extracontractual, como en las formas de cese de la infracción, eliminación de la molestia, o eliminación del peligro.
Artículo 1206 Cuando se descubra un defecto de un producto después de su puesta en circulación, el fabricante o vendedor tomará medidas correctivas tales como detener las ventas, dar advertencias o retirar el producto oportunamente. El fabricante o vendedor que no adopte las medidas correctoras de manera oportuna o no tome medidas ineficaces para agravar el daño, será responsable también de la parte agravada del daño.
Cuando un producto sea retirado del mercado de acuerdo con el párrafo anterior, el fabricante o vendedor correrá con los gastos necesarios incurridos por la persona infractora.
Artículo 1207 Cuando un fabricante o vendedor fabrique o venda un producto sabiendo que el producto es defectuoso, o no haya tomado las medidas reparadoras de acuerdo con lo dispuesto en el artículo anterior, de manera que se cause la muerte o daño físico grave a otra persona, el infringido La persona tiene derecho a solicitar los correspondientes daños punitivos.
Capítulo V Responsabilidad por accidentes de vehículos de motor
Artículo 1208 Cuando un vehículo de motor se vea involucrado en un accidente de tráfico que cause daños, la responsabilidad de la indemnización se asumirá de acuerdo con las disposiciones pertinentes de las leyes de seguridad vial y este Código.
Artículo 1209 Cuando el dueño, administrador o usuario de un vehículo de motor no sea la misma persona en arrendamiento, préstamo u otras situaciones similares, y se produzca un accidente de tráfico y cause daño a otra persona, el usuario del vehículo de motor deberá asumir la responsabilidad de indemnización cuando la responsabilidad sea atribuida al conductor del vehículo de motor, y el propietario o administrador del vehículo culpable asumirá la correspondiente responsabilidad de indemnización.
Artículo 1210 Cuando una parte haya transferido y entregado un vehículo de motor en venta u otro medio pero no presente la matriculación, el cesionario del vehículo de motor será responsable de la indemnización si el daño es causado como resultado de un accidente de tráfico y la responsabilidad se atribuye al conductor del vehículo de motor.
Artículo 1211 Cuando una persona utilice su vehículo de motor en asociación con una entidad para dedicarse al negocio del transporte por carretera, si el daño se produce como consecuencia de un accidente de tráfico y la responsabilidad se atribuye al conductor del vehículo de motor, a la persona y a la entidad. asumirá la responsabilidad solidaria de indemnización.
Artículo 1212 Cuando una persona conduzca el vehículo de motor de otra sin autorización, el usuario del vehículo de motor será responsable de la indemnización si el daño se produce como consecuencia de un accidente de tráfico y la responsabilidad se atribuye al conductor del vehículo de motor; el propietario o administrador del vehículo de motor será responsable de la indemnización si tiene una culpa que contribuya al daño, a menos que se disponga lo contrario en este Capítulo.
Artículo 1213 Cuando se produzca un daño a otra persona como consecuencia de un accidente de tráfico y la responsabilidad se atribuya al conductor del vehículo de motor, el asegurador que suscriba el seguro obligatorio de vehículo de motor deberá indemnizar dentro del límite de la responsabilidad asegurada. Las deficiencias serán pagadas por el asegurador que suscribe el seguro de vehículos automotores comerciales de acuerdo con las estipulaciones del contrato de seguro. Cualquier saldo restante o la parte no cubierta por ningún seguro de vehículos automotores comerciales serán pagados por el causante del daño.
Artículo 1214 Cuando se produzca un daño como consecuencia de un accidente de tráfico que involucre un vehículo de motor que haya sido ensamblado ilegalmente o haya llegado al final de su vida útil que se transfiera mediante venta o por otros medios, el cedente y el cesionario deberán Asumir responsabilidad solidaria.
Artículo 1215 Cuando se produzca un daño como consecuencia de un accidente de tráfico que involucre un vehículo de motor que haya sido sustraído, robado o arrebatado, el ladrón, asaltante o secuestrador será responsable de la indemnización. Cuando el vehículo de motor antes mencionado es utilizado por una persona que no sea el ladrón, asaltante o secuestrador y causa daños en un accidente de tráfico, si la responsabilidad se atribuye al conductor del vehículo de motor, el ladrón, asaltante o secuestrador asumirá solidariamente. responsabilidad con el usuario.
Cuando un asegurador paga los gastos de salvamento dentro de los límites de la responsabilidad del seguro obligatorio de vehículos de motor, tiene derecho a una indemnización contra la persona responsable del accidente de tráfico.
Artículo 1216 Cuando un conductor de un vehículo de motor choca y corre después de un accidente de tráfico, si el vehículo de motor está asegurado por un seguro obligatorio, el asegurador pagará una indemnización dentro del límite de la responsabilidad asegurada. Donde el vehículo de motor no se pueda ubicar, no esté cubierto por el seguro obligatorio, o los gastos de rescate excedan el límite de responsabilidad del seguro de vehículo de motor obligatorio, y se deba realizar el pago de los gastos de rescate, funeral y otros gastos incurridos como resultado de la muerte o lesiones corporales de la persona infringida, dicho pago se abonará con cargo al Fondo de Asistencia Social por Accidentes de Tránsito. Una vez efectuado el pago la Caja de Asistencia Social por Accidentes de Tráfico, su organismo administrativo tiene derecho a indemnización contra el responsable del accidente de tráfico.
Artículo 1217 Cuando un vehículo de motor que no se dedique a la explotación comercial causa daños en un accidente de tráfico a un pasajero invitado que viaja gratuitamente, si la responsabilidad se atribuye al conductor del vehículo de motor, la responsabilidad del usuario del vehículo de motor. La indemnización se mitigará a menos que actúe de forma intencionada o con negligencia grave.
Capítulo VI Responsabilidad por negligencia médica
Artículo 1218 Cuando un paciente sufra daños durante el diagnóstico y tratamiento, y la institución médica o su personal médico sea culpable, la institución médica asumirá la responsabilidad de la indemnización.
Artículo 1219 El personal médico explicará al paciente las condiciones médicas y las medidas de tratamiento en el diagnóstico y tratamiento de las mismas. Cuando se necesite una cirugía, un examen especial o un tratamiento especial, el personal médico deberá explicar al paciente los riesgos médicos, planes de tratamiento alternativos y otra información de manera oportuna y obtener su consentimiento expreso. Cuando sea imposible o inadecuado hacerlo, el personal médico deberá explicarlo a los familiares cercanos del paciente y obtener su consentimiento expreso.
Cuando el personal médico no cumpla con las obligaciones previstas en el párrafo anterior y cause un daño al paciente, la institución médica asumirá la responsabilidad de la indemnización.
Artículo 1220 Cuando no pueda obtenerse el consentimiento de un paciente o de sus familiares cercanos en el caso de rescatar a un enfermo terminal o en otra situación de emergencia, previa aprobación del responsable de la institución médica o responsable autorizado, el correspondiente Se pueden tomar medidas médicas inmediatamente.
Artículo 1221 Cuando el personal médico no cumpla con el deber de diagnosticar y tratar al paciente hasta el nivel médico apropiado vigente en ese momento, causando daño al paciente, la institución médica asumirá la responsabilidad de la indemnización.
Artículo 1222 Se presumirá culpable de una institución médica cuando se inflija daño a un paciente durante el diagnóstico y tratamiento en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) existe una violación de las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos, reglas u otras pautas relevantes para el diagnóstico y el tratamiento;
(2) se ocultan las historias clínicas o se rechaza la solicitud de prestación de las mismas; o
(3) los registros médicos se pierden, falsifican, modifican o destruyen ilegalmente. .
Artículo 1223 Cuando se cause daño a un paciente debido a un defecto en un medicamento, producto desinfectante o instrumento médico, o debido a la transfusión de sangre deficiente, el paciente podrá reclamar una indemnización al titular de la licencia de comercialización del medicamento o al fabricante del medicamento. droga, o la institución de suministro de sangre, o contra la institución médica. Cuando el paciente reclama una indemnización contra una institución médica, la institución médica, después de pagar la indemnización, tendrá derecho a indemnización contra el titular de la licencia de comercialización de medicamentos responsable, el fabricante del medicamento o el proveedor de sangre.
Artículo 1224 En cualquiera de las siguientes circunstancias, una institución médica no asumirá la responsabilidad de indemnización por cualquier daño causado a un paciente durante el diagnóstico y tratamiento:
(1) el paciente o su pariente cercano no coopera con la institución médica para realizar un diagnóstico y tratamiento que cumpla con las pautas correspondientes;
(2) el personal médico ha cumplido con su deber de proporcionar un diagnóstico y tratamiento razonables en una situación de emergencia, como rescatar a un paciente terminal; o
(3) es difícil diagnosticar y tratar a un paciente debido a la restricción del nivel médico actual.
En la circunstancia especificada en el subpárrafo (1) del párrafo anterior, la institución médica o su personal médico asumirá la responsabilidad correspondiente por la indemnización cuando también sean culpables.
Artículo 1225 Las instituciones médicas y su personal médico deberán ingresar y mantener debidamente registros médicos tales como registros de hospitalización, órdenes médicas, informes de pruebas, registros quirúrgicos y de anestesia, datos patológicos y registros de enfermería de acuerdo con el reglamento.
Cuando un paciente solicita examinar o hacer copias de sus registros médicos según lo dispuesto en el párrafo anterior, la institución médica deberá proporcionar los registros de manera oportuna.
Artículo 1226 Las instituciones médicas y su personal médico mantendrán la confidencialidad de la información privada y la información personal de sus pacientes. Cualquiera que divulgue la información privada o información personal de un paciente o divulgue sus registros médicos sin el consentimiento del paciente asumirá responsabilidad extracontractual.
Artículo 1227 Las instituciones médicas y su personal médico no deberán realizar exámenes innecesarios a sus pacientes en violación de las pautas de diagnóstico y tratamiento.
Artículo 1228 Los derechos e intereses legítimos de una institución médica y su personal médico están protegidos por la ley.
Cualquiera que interfiera con el orden de una institución médica, obstruya el trabajo o la vida del personal médico, o infrinja sus derechos e intereses legítimos, será responsable de acuerdo con la ley.
Capítulo VII Responsabilidad por contaminación ambiental y daños ecológicos
Artículo 1229 El agraviado que haya contaminado el medio ambiente o dañado el sistema ecológico y, por tanto, cause daño a otros, será responsable del agravio.
Artículo 1230 Cuando surja cualquier controversia por contaminación ambiental o daño ecológico, el actor tendrá la carga de probar que no debe ser responsable o que su responsabilidad podría ser mitigada según lo dispuesto por la ley, y que no existe causalidad entre su acto y la daño.
Artículo 1231 Cuando la contaminación ambiental o el daño ecológico sean causados ​​por dos o más infractores, el alcance de la responsabilidad de cada infractor se determinará de acuerdo con factores tales como el tipo, concentración y cantidad de descarga de los contaminantes, la forma, alcance, y grado de daño al sistema ecológico, y el impacto del acto sobre las consecuencias del daño.
Artículo 1232 Cuando un infractor contamina intencionalmente el medio ambiente o daña el sistema ecológico en contravención a las disposiciones de la ley, resultando en graves consecuencias, el infractor tiene derecho a solicitar los daños punitivos correspondientes.
Artículo 1233 Cuando la contaminación ambiental o el daño ecológico se produzca por culpa de un tercero, el infractor podrá reclamar una indemnización tanto contra el autor del daño como contra el tercero. Después de hacer la compensación, el autor del daño tiene derecho a una indemnización contra la tercera persona.
Artículo 1234 Cuando un autor del daño cause daño al medio ambiente ecológico en violación de las regulaciones estatales y la restauración sea posible, las agencias autorizadas por el Estado o las organizaciones autorizadas por la ley tienen derecho a solicitar al autor del daño que asuma la responsabilidad de la restauración dentro de un plazo razonable hora. Cuando el causante del daño no lo restituya dentro del plazo, los organismos autorizados por el Estado o las organizaciones autorizadas por la ley podrán iniciar la restitución por su cuenta o encomendarla a otros, siempre que los gastos así incurridos correrán a cargo del causante.
Artículo 1235 Cuando se produzca daño ecológico en violación de la normativa estatal, los organismos autorizados del Estado o los organismos autorizados por la ley tienen derecho a solicitar al agraviante la indemnización de las siguientes pérdidas y gastos:
(1) pérdidas causadas por la pérdida de la función de servicio desde el momento en que se daña el entorno ecológico hasta el momento en que se completa la restauración;
(2) pérdidas causadas por daños permanentes a la función del medio ambiente ecológico;
(3) gastos de investigación, tasación y evaluación del daño al medio ambiente ecológico;
(4) gastos de limpieza de la contaminación y restauración del medio ambiente ecológico; y
(5) otros gastos razonables incurridos para prevenir la ocurrencia o agravación del daño.
Capítulo VIII Responsabilidad por actividades ultrapeligrosas
Artículo 1236. La persona que se dedique a operaciones ultrapeligrosas y, por tanto, cause daño a otra persona, será responsable por agravios.
Artículo 1237 Cuando ocurra un accidente nuclear en una instalación nuclear civil o cuando se transporten materiales nucleares dentro o fuera de una instalación nuclear civil y así se cause daño a otra persona, el explotador de la instalación asumirá la responsabilidad extracontractual. Sin embargo, el operador no asumirá dicha responsabilidad si se puede probar que el daño fue causado por una guerra, un conflicto armado, un motín o bajo otras circunstancias similares, o que el daño fue causado intencionalmente por la víctima.
Artículo 1238 Cuando una aeronave civil cause daño a otra persona, el explotador de la aeronave asumirá la responsabilidad extracontractual, siempre que el explotador no asumirá responsabilidad alguna si se demuestra que el daño fue intencionalmente causado por la víctima.
Artículo 1239 Cuando la posesión o uso de cosas inflamables, explosivas, altamente tóxicas, altamente radioactivas, fuertemente corrosivas, altamente patógenas u otras ultrapeligrosas cause daño a otra persona, el poseedor o usuario de las mismas asumirá responsabilidad extracontractual, siempre que dicho poseedor o El usuario no asumirá ninguna responsabilidad si se puede probar que el daño fue causado intencionalmente por la víctima o causado por fuerza mayor. Cuando la persona infractora sea gravemente negligente por la ocurrencia del daño, la responsabilidad del poseedor o usuario puede mitigarse.
Artículo 1240 Cuando un daño sea causado a otra persona por una persona que se dedique a trabajos en altura, alto voltaje o actividades de excavación subterránea, o mediante el uso de vehículos de transporte ferroviario de alta velocidad, el operador asumirá la responsabilidad extracontractual, siempre que el operador no asumir cualquier responsabilidad si se puede probar que el daño fue causado intencionalmente por la víctima o causado por fuerza mayor. Cuando la persona infractora sea gravemente negligente por la ocurrencia del daño, la responsabilidad del operador puede mitigarse.
Artículo 1241 Cuando un objeto ultrapeligroso que se pierda o abandone cause daño a otra persona, el propietario asumirá la responsabilidad extracontractual. Cuando el propietario haya entregado la cosa ultrapeligrosa a otra persona para que la administre, el gerente asumirá la responsabilidad extracontractual, siempre que el propietario asuma la responsabilidad solidaria con el gerente cuando tenga la culpa.
Artículo 1242 Cuando un objeto ultrapeligroso en posesión ilegal cause daño a otra persona, el poseedor ilegal asumirá la responsabilidad extracontractual. El dueño o administrador de la cosa asumirá la responsabilidad solidaria con el poseedor ilegal si éste no puede demostrar que ha cumplido con un alto deber de diligencia para prevenir la posesión ilegal.
Artículo 1243 Cuando una persona, sin autorización, ingrese a un área donde se realicen actividades ultrapeligrosas o se almacenen cosas ultrapeligrosas en ella y resulte lesionada, la responsabilidad del administrador del área podrá mitigarse o eliminarse si puede ser Probado que ha tomado suficientes medidas de seguridad y cumplido con el deber de aviso suficiente.
Artículo 1244 Cuando exista una disposición de la ley que establezca un límite de compensación por la responsabilidad incurrida como resultado de una actividad ultra peligrosa, dicha disposición se seguirá a menos que el daño sea causado por el actor intencionalmente o con negligencia grave.
Capítulo IX Responsabilidad por daños causados ​​por animales domésticos
Artículo 1245 Cuando un animal domesticado cause daño a otra persona, el cuidador o custodio del animal asumirá la responsabilidad extracontractual, siempre que su responsabilidad pueda ser mitigada o eliminada si se prueba que el daño es causado por la persona infractora intencionalmente o por negligencia grave.
Artículo 1246 El cuidador o custodio de un animal que, en violación de las reglas de manejo, no tome medidas de seguridad sobre el animal y, por lo tanto, cause daño a otra persona, será responsable de responsabilidad extracontractual, siempre que su responsabilidad pueda ser mitigada si puede ser probado que el daño es intencionalmente causado por la persona infractora.
Artículo 1247 Cuando se cause daño a otra persona por un animal peligroso cuya tenencia esté prohibida, como un perro feroz, el cuidador o custodio del animal asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1248 Cuando un animal de un zoológico cause daño a otra persona, el zoológico asumirá la responsabilidad extracontractual a menos que se demuestre que ha cumplido con sus funciones de gestión.
Artículo 1249 Cuando un animal abandonado o fugitivo cause daño a otra persona durante el período de abandono o evasión, el cuidador original o custodio del animal será responsable de la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1250 Cuando un animal cause daño a otra persona por culpa de un tercero, el infractor podrá reclamar una indemnización contra el cuidador o custodio del animal, o contra el tercero. El cuidador o custodio del animal que haya pagado una indemnización tiene derecho a indemnización frente a la tercera persona.
Artículo 1251 El que tenga un animal deberá acatar las leyes y reglamentos, respetar la moral social y no perturbar la vida de los demás.
Capítulo X Responsabilidad por daños causados ​​por edificios y objetos
Artículo 1252 Cuando un edificio, estructura u otro tipo de instalación se derrumbe o se hunda y cause daño a otra persona, el propietario del proyecto y el constructor asumirán la responsabilidad solidaria, salvo que acrediten que no hay defecto de calidad. Cuando el daño se deba a la culpa de otra persona responsable, el propietario o constructor del proyecto que haya pagado la indemnización tiene derecho a una indemnización contra la persona responsable.
Cuando un edificio, estructura u otro tipo de instalación se derrumba o se hunde y, por lo tanto, se causan daños a otra persona debido a la culpa del propietario, administrador, usuario o una tercera persona, el propietario, administrador, usuario o el tercero. la persona asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1253 Cuando un edificio, estructura u otro tipo de instalación, o cualquier objeto depositado o colgado en él, se suelte o caiga y cause daño a otra persona, el propietario, administrador o usuario asumirá la responsabilidad extracontractual si no puede ser probado que él no tiene la culpa. Cuando el daño sea por culpa de otra persona responsable, el propietario, administrador o usuario que haya pagado una indemnización tiene derecho a indemnización contra la persona responsable.
Artículo 1254 Está prohibido arrojar objetos desde el interior de un edificio. Cuando un objeto arrojado desde el interior de un edificio o que se caiga de un edificio cause daño a otra persona, el autor del daño deberá asumir la responsabilidad extracontractual de conformidad con la ley. Cuando sea difícil identificar al infractor específico en la investigación, cualquier usuario del edificio que pueda haber causado el daño deberá indemnizar, a menos que pueda probar que no es el infractor. Un usuario del edificio que haya pagado una indemnización tiene derecho a una indemnización contra el infractor.
El administrador de un edificio, como la empresa de servicios de administración de propiedades, tomará las medidas de seguridad necesarias para evitar que ocurra el incidente especificado en el párrafo anterior. Cuando no se adopten las medidas de seguridad necesarias, asumirá la responsabilidad extracontractual por el incumplimiento de la obligación de proporcionar las medidas de seguridad de conformidad con la ley.
Cuando se produzca un incidente según se especifica en el primer párrafo de este artículo, las autoridades pertinentes, como el departamento de seguridad pública, llevarán a cabo una investigación oportunamente de conformidad con la ley e identificarán a las personas responsables.
Artículo 1255 Cuando una pila de objetos se derrumbe, ruede o se resbale y cause daño a otra persona, la persona que amontone la pila será responsable de responsabilidad extracontractual si no puede probar que no es culpable.
Artículo 1256 Cuando se cause daño a otra persona por un objeto amontonado, arrojado o dejado en la vía pública de manera que se obstruya el camino, el actor asumirá la responsabilidad extracontractual. El administrador de la vía pública asumirá la responsabilidad que corresponda si no puede acreditar que ha cumplido con sus deberes como el deber de limpieza, protección y advertencia.
Artículo 1257 Cuando un árbol que se rompe o cae o una fruta que cae causa daño a otra persona, el dueño o administrador del árbol será responsable de responsabilidad extracontractual cuando no pueda probar que no es culpable.
Artículo 1258 Cuando la excavación del terreno o la reparación o instalación de instalaciones subterráneas se realice en un lugar público o en una vía pública, que cause daño a otra persona, el constructor será responsable de responsabilidad extracontractual si no puede probar que ha colocado una advertencia evidente. Firmar y tomar medidas de seguridad.
Cuando una instalación subterránea, como un pozo de acceso a servicios públicos, cause daños a otra persona, el gerente asumirá la responsabilidad extracontractual si no puede demostrar que ha cumplido con sus responsabilidades de gestión.
Disposiciones suplementarias
Artículo 1259 En el derecho civil, los términos “no menos de”, “no más de”, “dentro de” y “vencimiento
Artículo 1260 Este Código entrará en vigor el 1 de enero de 2021. La Ley de Matrimonio de la República Popular de China, la Ley de Sucesión de la República Popular de China, los Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular de China, la Ley de Adopciones de la República Popular de China, la Ley de seguridad de la República Popular de China, la Ley de contratos de la República Popular de China, la Ley de derechos reales de la República Popular de China, la Ley de responsabilidad extracontractual de la República Popular de China, y Las Disposiciones Generales de Derecho Civil de la República Popular China serán derogadas al mismo tiempo.

Esta traducción al inglés proviene del sitio web de NPC. En un futuro próximo, una versión en inglés más precisa traducida por nosotros estará disponible en el Portal de leyes de China.