La Ley de Protección de Menores fue promulgada en 1991 y modificada en 2006 y 2012; la última revisión entró en vigor el 1 de enero de 2013.
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Los puntos clave son los siguientes:
1. Se entenderá por menores de edad los ciudadanos menores de dieciocho años.
2. Está prohibido cometer violencia familiar contra menores, maltratar o abandonar a menores. También está prohibido infanticidio o matar cruelmente a bebés. Nadie puede discriminar a las menores de edad o discapacitadas.
3.Las escuelas respetarán el derecho de los estudiantes menores de edad a recibir una educación y ayudarán a aquellos que tengan deficiencias en la conducta o dificultades en el estudio, y no los discriminarán ni expulsarán a ningún estudiante menor de la escuela en violación de las leyes o las leyes estatales. regulaciones.
4. Las escuelas, jardines de infancia y guarderías deberán establecer un sistema de seguridad, mejorar la educación en seguridad de los menores y adoptar medidas para garantizar su seguridad personal.
5. Los gobiernos garantizarán el derecho del menor a recibir educación y adoptarán medidas para garantizar que los menores cuyas familias tengan dificultades económicas o que estén discapacitados o se encuentren entre la población migrante la educación obligatoria.
6. El Estado adopta medidas para prevenir la adicción a Internet de los menores.
7. Se prohíbe la venta de tabaco y bebidas alcohólicas a menores.
8. Ninguna organización o individuo puede contratar a un menor de dieciséis años.
9. Ninguna organización o individuo puede revelar la privacidad de menores.
10. Se prohíbe el secuestro, trata, secuestro o maltrato de menores. Está prohibido el acoso sexual contra menores.
11. Con respecto a los huérfanos y los menores cuyos padres u otros tutores sean difíciles de encontrar o que no cuenten con medios de sustento, las organizaciones de asistencia social a los niños que establezcan los departamentos administrativos de asuntos civiles los aceptarán y apoyarán.
12.Al tramitar los casos de delitos cometidos por menores y de protección de los derechos e intereses de los menores, los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares tendrán en cuenta sus características físicas y mentales, respetarán su personalidad y dignidad, salvaguardar sus derechos e intereses legítimos, y podrá establecer una agencia especial o designar personas, si es necesario, para manejar tales casos.