La Interpretación sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de las leyes en la tramitación de casos penales relacionados con el uso de Internet, terminales de comunicaciones móviles y centros de llamadas para la producción, reproducción, publicación, tráfico y difusión de información electrónica obscena (II) entró en vigor el 4 de febrero .2010.
Son 13 artículos en total, que buscan complementar varias circunstancias que constituirán el delito de producción, reproducción, publicación, tráfico y difusión de artículos obscenos con fines de lucro sobre la base de la interpretación judicial sobre dichos temas en 2004. Por ejemplo:
- Si el contenido relevante producido, reproducido, publicado, traficado y difundido por el actor contiene información electrónica obscena de menores de 14 años, ¿cómo debería el tribunal declarar al actor culpable de un delito?
- Si el actor proporciona, entre otras cosas, una plataforma de publicación en línea, una plataforma de almacenamiento, un servicio de pago y un servicio de publicidad para información electrónica obscena, ¿cómo debería el tribunal declarar al actor culpable de un delito?