La Ley de pastizales se promulgó en 1985 y se modificó en 2002, 2009 y 2013, respectivamente. La última revisión entró en vigor el 29 de junio de 2013.
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Los puntos clave son los siguientes:
1. Los pastizales son propiedad del Estado, con excepción de los pastizales de propiedad colectiva según lo establece la ley.
2. Con respecto a los pastizales de propiedad estatal, el Consejo de Estado ejercerá el derecho de propiedad en nombre del Estado.
3. Los pastizales propiedad de colectivos o los pastizales de propiedad estatal que hayan sido cedidos para su uso a organizaciones económicas colectivas podrán ser contratados para su gestión por hogares de forma individual o conjunta dentro de dichas organizaciones económicas colectivas.
4. El Estado alienta a las unidades e individuos a invertir en el desarrollo de los pastizales y, siguiendo el principio de que quien invierte se beneficia, protege los derechos e intereses legítimos de los inversionistas para el desarrollo de los pastizales.
5. Los contratistas de la gestión de pastizales harán un uso racional de los pastizales y no podrán exceder la capacidad de carga de ganado verificada por el departamento administrativo competente de pastizales. Está prohibida la recuperación de pastizales.