La Ley Orgánica de Congresos Populares Locales y Gobiernos Populares Locales (2015) fue promulgada en 1979 y modificada en 1982, 1986, 1995, 2004 y 2015, respectivamente. La última revisión entró en vigor el 29 de agosto de 2015.
Hay 69 artículos en total.
Los puntos clave de esta ley son los siguientes:
1.Los congresos populares locales a nivel de condado y por encima de él ejercerán principalmente las siguientes funciones y competencias:
(1) elegir a los miembros de sus respectivos comités permanentes;
(2) elegir al jefe y vicepresidente de gobierno en los niveles correspondientes;
(3) elegir a los presidentes de los tribunales populares y los fiscales superiores de las fiscalías populares en los niveles correspondientes;
(4) elegir diputados a los congresos populares en el siguiente nivel superior. (Artículo 8)
2. Los congresos populares locales a distintos niveles se reunirán en sesión al menos una vez al año. Se puede convocar una sesión de un congreso popular local en cualquier momento a propuesta de una quinta parte de sus diputados. (Artículo 11)
3. Cuando una asamblea popular local realice una elección o adopte una resolución, se requerirá el voto de la mayoría de todos los diputados. (Artículo 20
4. La duración del mandato de cada congreso popular local será de 5 años. (Artículo 6)
5. El mandato de los diputados a una asamblea popular local de cualquier nivel comenzará con la primera sesión de esa asamblea popular y expirará en la primera sesión de la siguiente asamblea popular del mismo nivel. (Artículo 33)
6. Los comités permanentes serán establecidos por los congresos populares de las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno central, prefecturas autónomas, distritos, distritos autónomos, ciudades y distritos municipales. (Artículo 34)
7. Las reuniones de una comisión permanente serán convocadas por su presidente y se celebrarán al menos una vez cada dos meses. (Artículo 45)