Observador de justicia de China

中 司 观察

InglésÁrabeChino (simplificado)HolandésFrancésAlemánHindiItalianoJaponésCoreanoPortuguésRusoEspañolSuecoHebreoIndonesioVietnamitaTailandésTurcoMalay

Informe CJO 2018: Reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros en China

 

En 2018, los tribunales chinos han escuchado un total de casos 25 en relación con el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros.

I. Examen anual

Los resultados del reconocimiento y ejecución de estos laudos arbitrales son los siguientes:

  • Se reconocieron y ejecutaron 14 laudos arbitrales;
  • Se denegó el reconocimiento y ejecución de 1 laudo arbitral;
  • 1 caso en el que se desestimó la solicitud de reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales;
  • 8 casos en los que los demandantes retiraron la solicitud de reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales;
  • 1 caso en el que la solicitud de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral fue transferida a otro tribunal competente por el tribunal en cuestión.

El número de laudos arbitrales antes mencionados dictados por diferentes instituciones arbitrales o árbitros:

  • 2 laudos arbitrales dictados por la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI;
  • 2 laudos arbitrales emitidos por el Centro de Arbitraje Internacional de Singapur (SIACC);
  • 1 Laudo arbitral dictado por la Junta de Arbitraje Comercial de Corea (KCAB, 대한 상사 중재원);
  • 4 laudos arbitrales dictados por la Asociación de Árbitros Marítimos de Londres (LMAA);
  • 4 laudos arbitrales dictados por la Asociación Internacional del Algodón (ICA);
  • 5 laudos arbitrales dictados por la Federación de Asociaciones de Aceites, Semillas y Grasas (FOSFA);
  • 1 Laudo arbitral dictado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS);
  • 1 Laudo arbitral dictado por la Corte de Arbitraje Comercial Internacional de la Cámara de Comercio e Industria de la Federación de Rusia (ICAC, Международный коммерческий арбитражный суд);
  • 3 Laudos arbitrales dictados por árbitros ad hoc o tribunales arbitrales;
  • 2 Laudos arbitrales dictados por árbitros o tribunales arbitrales desconocidos.

En 2018, el único laudo arbitral cuyo reconocimiento y ejecución fue denegado fue dictado por un árbitro ad hoc (Ver el Caso de la solicitud de Palmer Maritime Inc. de reconocimiento y ejecución de un laudo arbitral formulada por Patrick O'Donovan en Londres). El tribunal se negó a reconocer y ejecutar el laudo arbitral de conformidad con la excepción de orden público en virtud del artículo V (2) (b) de la Convención sobre el reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros (la Convención de Nueva York). El tribunal sostuvo que el acuerdo de arbitraje en cuestión en el laudo arbitral había sido invalidado por el tribunal chino y, por lo tanto, el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral violarían el orden público de China. Hasta donde sabemos, fue la segunda vez que China se negó a reconocer y ejecutar laudos arbitrales extranjeros sobre la base de su política pública. (La primera vez que China se negó a reconocer y ejecutar laudos arbitrales extranjeros por tal motivo fue en el caso Hemofarm en 2008 (Caso de Hemofarm DD, MAG International Trading Co., Ltd. y Solicitud de Surah Media Co., Ltd. de reconocimiento y ejecución de un laudo arbitral emitido por la CCI)). De acuerdo con el informe interno y el mecanismo de revisión de China, si un tribunal local tiene la intención de no reconocer un laudo arbitral extranjero, debe solicitar la aprobación del Tribunal Popular Supremo (SPC). Por lo tanto, creemos razonablemente que el laudo arbitral ha sido revisado por la SPC y que la SPC acordó no reconocerlo ni ejecutarlo.

En 2018, solo hubo un caso en el que la solicitud fue desestimada, debido a que el solicitante no cumple con los requisitos de autenticación y certificación de la ley china (Ver caso de la solicitud de Sea Dolphin Shipping Ltd. de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral emitida por la LMAA el 16 de mayo de 2017). El solicitante es una empresa registrada en las Islas Marshall, país que no tiene relaciones diplomáticas con China. En tales circunstancias, el solicitante debe cumplir con algunos requisitos especiales de autenticación y certificación de conformidad con la ley china. Teniendo en cuenta que hay un número creciente de casos marítimos que involucran a empresas registradas en las Islas Marshall, este es definitivamente un caso digno de mención, especialmente para aquellas empresas que siguen las reglas especiales de China sobre autenticación y certificación.

II. Resúmenes de casos

1. Un laudo arbitral ad hoc dictado por un árbitro único fue se negó a ser reconocido y ejecutado

Palabras clave: arbitraje ad hoc - acuerdo de arbitraje - política pública

La caso de la solicitud de Palmer Maritime Inc. de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral formulada por el árbitro único, Patrick O 'Donovan en Londres, Reino Unido, el 9 de septiembre de 2016, contra el demandado, China Animal Husbandry Industry Co., Ltd (Caso No. [2017] Jin 72 Xie Wai Ren No. 1 ([2017] 津 72 协 外 认 1 号)).

El Tribunal Marítimo de Tianjin registró el caso el 3 de enero de 2017 y el 21 de julio de 2018 dictó un fallo para negarse a reconocer y ejecutar dicho laudo arbitral.

El solicitante es el fletador sin tripulación del buque, "TOBA", mientras que China Animal Husbandry Industry Co., Ltd ("CAHIC") es el titular del conocimiento de embarque. Las dos partes tuvieron disputas debido a la pérdida de carga durante el envío de carga de "TOBA". El solicitante presentó una solicitud de arbitraje en Londres de acuerdo con el conocimiento de embarque y el demandado estuvo ausente del procedimiento de arbitraje.

El demandado presentó una demanda en el Tribunal Marítimo de Guangzhou en mayo de 2016, solicitando al solicitante que asumiera la responsabilidad por daños y perjuicios. El solicitante planteó una objeción a la jurisdicción sobre la base de que las dos partes tenían un acuerdo de arbitraje. El 16 de octubre de 2017 (después de que se dictó el laudo arbitral ad hoc antes mencionado), el Tribunal Marítimo de Guangzhou determinó que la cláusula de arbitraje en cuestión no era válida y dictó el fallo “(2016) Yue 72 Min Chu No. 75” (( 2016) 粤 72 民初 75 号) para desestimar la objeción de jurisdicción del solicitante. (Nota: El demandante no está satisfecho con la sentencia y apeló al Tribunal Superior Popular de Guangdong, que emitió la sentencia de segunda instancia “(2017) Yue Min Xia Zhong No 857” ((2017) 粤 民 辖 终 857 号), reafirmando que la cláusula de arbitraje es inválida. Pero el Tribunal Marítimo de Tianjin no se refirió a dicho fallo de segunda instancia).

El Tribunal Marítimo de Tianjin sostuvo que, dado que los tribunales chinos han negado la existencia y validez de la cláusula de arbitraje, el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral de conformidad con la cláusula de arbitraje anterior violaría el orden público de China. En consecuencia, el Tribunal Marítimo de Tianjin sostuvo que el laudo arbitral no debería ser reconocido de conformidad con el Artículo V (2) (b) de la Convención de Nueva York y la CPL. 

2. La solicitud de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral presentada por la LMAA el 16 de mayo de 2017 fue despedido

Palabras clave: condiciones formales (autenticación y certificación)

La caso de la solicitud de Sea Dolphin Shipping Ltd. de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral emitido por la LMAA el 16 de mayo de 2017, contra el demandado, Xiamen Jianfa Agricultural Products Co., Ltd. (Caso No. [2017] Min 72 Xie Wai Ren No. 1 ([2017] 闽 72 协 外 认 1 号 民事 裁定 书)).

El Tribunal Marítimo de Xiamen dictó sentencia el 19 de diciembre de 2018, desestimando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la LMAA.

El solicitante y el demandado tenían una disputa sobre el contrato de fletamento del viaje, y el solicitante solicitó un arbitraje a la LMAA. Como resultado, la LMAA dictó el laudo arbitral el 16 de mayo de 2016.

El tribunal sostuvo que el solicitante no cumple con los requisitos de autenticación y certificación establecidos en la ley china y, por lo tanto, la solicitud será desestimada de conformidad con el artículo IV 1 (a) de la Convención de Nueva York. 

El tribunal determinó que el solicitante es una empresa registrada en las Islas Marshall, un país que no tiene relaciones diplomáticas con China. Los documentos de identidad y el poder presentado al tribunal por el solicitante fueron notarizados por el representante especial de la Administración Marítima del Estado de las Islas Marshall y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Helénica en Grecia. Sin embargo, de conformidad con el art. 524 de las Interpretaciones de 2015 del Tribunal Supremo Popular sobre la Aplicación de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China, en tales circunstancias, es decir, cuando se requieren procedimientos de certificación y notarización pero el país de domicilio de la parte extranjera en cuestión no tiene relaciones diplomáticas con China. , los documentos pertinentes pueden primero ser notarizados por un notario público en el país de domicilio de la parte extranjera, ser certificados por la embajada / consulado en dicho país de un tercer país que tenga relaciones diplomáticas con la República Popular de China, y posteriormente estar certificado por la embajada / consulado de la República Popular China en dicho tercer país. Es evidente que el solicitante no cumple con dichos requisitos de autenticación y certificación.

3. El laudo arbitral No. 21190 / TO dictado por la CCI fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: acuerdo de arbitraje - debido proceso (servicio de proceso)

La caso de la solicitud de Glencore Operations South Africa (Pty) Ltd de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 21190 / TO emitido por la CCI, contra el demandado, Northern Heavy Industries Group Co., Ltd. (Caso No. [2018] Liao 01 Xie Wai Ren No. 8 ([2018] 辽 01 协 外 认 8 号)) 

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Shenyang de la provincia de Liaoning el 14 de junio de 2018, y el 6 de septiembre de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la CCI.

La demandante y la demandada celebraron los acuerdos de venta pertinentes el 27 de mayo de 2011. Posteriormente, surgieron controversias entre las dos partes sobre las tasas de mantenimiento y las pérdidas de las mercancías. Por lo tanto, el solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la CCI, y la CCI llevó a cabo un procedimiento de arbitraje en Sudáfrica y dictó un laudo arbitral el 30 de mayo de 2017.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debería reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York y la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China (CPL).

4. El laudo arbitral No. ARB008 / 16 / JC dictado por la SIAC fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: procedimiento irregular (composición de la autoridad arbitral) - debido proceso (notificación del proceso)

La caso de la solicitud de Golden Agri international Pte Ltd de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. ARB008 / 16 / JC emitido por SIAC en 2016, contra el demandado, Shandong Changhua Industrial Development Co., Ltd. (Caso núm. [2017] Lu 11 Xie Wai Ren núm. 4 ([2018] 鲁 11 协 外 认 4 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Rizhao de la provincia de Shandong el 5 de septiembre de 2017, y el 23 de agosto de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral SIAC.

El solicitante y el demandado tenían una disputa sobre el contrato de venta, y el solicitante solicitó el arbitraje al SIAC. El demandado no presentó un alegato y no participó en el procedimiento de arbitraje. Como resultado, la SIAC dictó el laudo arbitral por defecto el 22 de septiembre de 2016.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debe reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York, la CPL y las interpretaciones judiciales aplicables. 

5. Dos laudos arbitrales dictados por la LMAA el 1 de noviembre de 2016 fueron reconocido y ejecutado

Palabras clave: jurisdicción (tribunal competente) - demanda relacionada

La casos de China Land Shipping Pte. Ltd. de reconocimiento y ejecución de dos laudos arbitrales emitida por la LMAA el 1 de noviembre de 2016 contra la demandada, Conor Shipping Company Limited. (estos dos casos son respectivamente el caso de “[2018] Jin 72 Min Te No. 2” ([2018] 津 72 民 特 2 号) y el caso de “[2018] Jin 72 Min Te No. 3” ([ 2018] 津 72 民 特 3 号)).

El Tribunal Marítimo de Tianjin registró los casos el 16 de enero de 2018 y dictó fallos el 25 de mayo de 2018, aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dichos laudos arbitrales de la LMAA.

El solicitante y el demandado firmaron un contrato por tiempo en base al viaje (TCT), y las dos partes iniciaron un arbitraje en la LMAA debido a disputas sobre las pérdidas de carga. El tribunal arbitral de la LMAA dictó dos laudos arbitrales el 1 de noviembre de 2016. El solicitante es una empresa registrada en Singapur, mientras que el solicitante es una empresa registrada en Liberia. Los domicilios de ambas empresas no se encuentran en China continental.

El tribunal determinó que el expedidor involucrado en la disputa de carga entre las dos partes era Tianjin Tiangang International Trade Co., Ltd. ("Tiangang"). Al solicitar el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral de la LMAA, el solicitante también se refirió a Tiangang como el demandado y al demandado como un tercero en la demanda que presentó para su recuperación.

De conformidad con el artículo 3 de "Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas al juicio de revisión judicial de casos de arbitraje”(最高人民法院 关于 审理 仲裁 司法 审查 案件 若干 问题 的 规定),“ Cuando un laudo arbitral extranjero se relacione con un caso pendiente ante un tribunal popular, ni el lugar del domicilio del demandado ni el lugar de la propiedad del el demandado se encuentra en el continente, y el solicitante solicita el reconocimiento del laudo arbitral extranjero, el tribunal popular ante el cual se encuentra pendiente la demanda correspondiente será competente para conocer de la demanda ”. Por lo tanto, el tribunal sostuvo que la solicitud de reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales tenía relación con el litigio pendiente antes mencionado, y el tribunal era competente para conocer del caso de reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales.

El tribunal sostuvo que los laudos arbitrales deben reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York, la CPL y las interpretaciones judiciales aplicables.

6. El laudo arbitral dictado por la LMAA el 21 de septiembre de 2017 fue reconocido y ejecutado

Palabras de golpe: juicio por incumplimiento

La caso de la solicitud de Guangdong Cosco Shipping Heavy Industry Co., Ltd. de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral dictada por LMAA el 21 de septiembre de 2017, contra el demandado, Bramco. LLC (Caso No. [2018] Yue 72 Xie Wai Ren No. 2 ([2018] 粤 72 协 外 认 2 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Marítimo de Guangzhou el 8 de agosto de 2018, y el 13 de noviembre de 2018 se dictó un fallo judicial que aprobó la solicitud de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral de la LMAA mencionado.

El solicitante y el demandado tenían una disputa sobre el contrato de reacondicionamiento de la embarcación, y el solicitante solicitó un arbitraje a la LMAA. Como resultado, la LMAA dictó el laudo arbitral el 21 de septiembre de 2017.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debe reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York, la CPL y las interpretaciones judiciales aplicables.

7. El laudo arbitral No. A01 / 2012/222 dictado por la ACI fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: acuerdo de arbitraje - debido proceso (servicio de proceso)

La caso de la solicitud de Louis Dreyfus Commodities Suisse SA de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. A01 / 2012/222 emitido por la ACI, contra el demandado, Ningbo Future Import & Export Co., Ltd. (Caso núm. [2015] Zhe Yong Zhong Que Zi núm. 5 ([2015] 浙 甬 仲 确 字 第 5 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Ningbo de la provincia de Zhejiang el 7 de diciembre de 2015, y el 28 de enero de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la ACI.

El solicitante y el demandado firmaron una serie de contratos de venta de algodón en rama para el período de julio a octubre de 2010. Sin embargo, las partes tuvieron disputas durante la ejecución de los mismos. Por lo tanto, el solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la ACI de conformidad con la cláusula de arbitraje contenida en la misma. La ACI dictó un laudo arbitral el 28 de octubre de 2014. El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debería reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York y la CPL.

8. El laudo arbitral No. A01 / 2012/152 dictado por la ACI fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: condiciones formales (autenticación y certificación) - acuerdo de arbitraje - la defensa de la jurisdicción 

La caso de la solicitud de JessSmith & Sons Cotton, LLC de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. A01 / 2012/222 dictado por la ACI el 26 de marzo de 2015, contra el demandado, Shandong Qingrun Import and Export Co., Ltd., Ltd. (Caso No. [2016] Lu 02 Wai Xie Ren Zi No. 3 ([2016] 鲁 02 协 外 认 3 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Qingdao de la provincia de Shandong, y el 26 de abril de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la ACI.

El solicitante y el demandado firmaron tres contratos de venta. Sin embargo, las partes tuvieron disputas durante la ejecución de las mismas. Por lo tanto, el solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la ACI de conformidad con la cláusula de arbitraje contenida en ella. La ACI dictó un laudo arbitral el 26 de marzo de 2015.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debería reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York y la CPL.

9. El laudo arbitral No. A01 / 2016/01 dictado por la ACI fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: debido proceso (servicio de proceso)

La caso de la solicitud de Olam International Limited de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. A01 / 2016/01 dictado por la ACI el 5 de septiembre de 2016, contra la demandada, Zhengzhou Chaoge Spinning Co., Ltd. (Caso núm. [2015] Zhe Yong Zhong Que Zi núm. 5 ([2015] 浙 甬 仲 确 字 第 5 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Zhengzhou de la provincia de Henan el 27 de diciembre de 2018, aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la ACI.

El solicitante y el demandado firmaron tres contratos de venta de algodón en rama. Sin embargo, las partes tuvieron disputas durante la ejecución de las mismas. Por lo tanto, el solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la ACI de conformidad con la cláusula de arbitraje contenida en la misma. La ACI dictó un laudo arbitral el 5 de septiembre de 2016.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debería reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York y la CPL.

10. El laudo arbitral No. 4419 dictado por la FOSFA fue reconocido y ejecutado 

Palabras clave: debido proceso (notificación adecuada, notificación del proceso) - procedimiento irregular (composición de la autoridad arbitral) - política pública (alimentos transgénicos)

La caso de la solicitud de Beiliang (Hong Kong) Co., Ltd. de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 4419 emitido por la FOSFA, contra el demandado, Rizhao Xingyujia Trade Co., Ltd. (Caso núm. [2016] Lu 11 Xie Wai Ren núm. 1 ([2016] 鲁 11 协 外 认 1 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Rizhao de la provincia de Shandong el 20 de enero de 2016, y el 9 de enero de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral FOSFA.

El solicitante y el demandado firmaron un contrato de venta y surgió una disputa porque el demandado no abrió la carta de crédito dentro del plazo acordado. El 17 de septiembre de 2014, el solicitante inició un arbitraje en la FOSFA. El 23 de junio de 2015, FOSFA dictó un laudo arbitral.

El demandado sugirió que, dado que las mercancías exportadas por el solicitante a China en virtud del contrato de venta eran semillas de soja modificadas genéticamente, la venta de las mercancías a China no cumplía las leyes y reglamentos chinos sobre productos modificados genéticamente. Por tanto, el reconocimiento de dicho laudo arbitral fue contrario al orden público de China. El tribunal sostuvo que, sin embargo, debido a que el laudo arbitral se dictó sobre el alcance de que el solicitante pagó dinero al demandado, el reconocimiento de dicho laudo arbitral no conduciría a una violación del orden público de China.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debe reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York, la CPL y las interpretaciones judiciales aplicables.

11. El laudo arbitral No. 252/2016 dictado por la CCIA fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: acuerdo de arbitraje - debido proceso (notificación adecuada, oportunidad de presentar su caso)

La caso de VALF-RUS, solicitud de la Sociedad de Responsabilidad Limitada para el reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 252/2016 emitido por la ICAC en Rusia, contra el demandado, Zhejiang Taizhou Huangyan Jingzheng Mold Co., Ltd (Caso No. [2018] Zhe 10 Xie Wai Ren No. 1 ([2018] 浙 10 协 外 认 1 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Taizhou de la provincia de Zhejiang el 5 de febrero de 2018, y el 4 de abril de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la CCIA.

El solicitante y el demandado firmaron un contrato de venta de bienes internacionales. Sin embargo, las partes tuvieron disputas durante su ejecución y, por lo tanto, el solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la ICAC el 27 de diciembre de 2016. La ICAC dictó un laudo arbitral el 3 de agosto de 2017.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debería ser reconocido y ejecutado bajo la Convención de Nueva York, los tratados bilaterales China-Rusia y la CPL.

12. El laudo arbitral No. CAS2014 / 0/3791 dictado por el CAS fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: acuerdo de arbitraje - debido proceso (servicio de proceso)

La caso de Juan de Dios Crespo Pérez y la solicitud de Alfonso Vargas de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. CAS2014 / 0/3791 emitido por el TAS, contra el demandado, Dalian Yifang Football Club Co., Ltd. (Caso No. [2017] Liao 02 Min Chu No. 583 ([2017] 辽 02 民初 583 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Dalian de la provincia de Liaoning el 15 de septiembre de 2017, y el 1 de agosto de 2018 se dictó una sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral del TAS.

El futbolista argentino Gustavo Javier Canales demandó al demandado ante la FIFA. Con este fin, el demandado confió a dos solicitantes como sus agentes para actuar en su nombre ante la FIFA, y dos solicitantes y el demandado celebraron un acuerdo de servicio legal sobre el asunto. A partir de entonces, surgieron disputas entre las partes porque el demandado no pagó los honorarios por servicios legales de conformidad con el acuerdo. El 24 de octubre de 2014, dos solicitantes presentaron una solicitud de arbitraje ante el CAS. El 17 de septiembre de 2015, el TAS dictó un laudo arbitral en Suiza.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debe reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York, la CPL y las interpretaciones judiciales aplicables.

13. El laudo arbitral No. 15113-0022 dictado por la KCAB fue reconocido y ejecutado

Palabras clave: debido proceso (notificación adecuada) - política pública (control de cambio de divisas)

La caso de la solicitud de ACUON Capital de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 15113-0022 dictado por la KCAB, contra los demandados, A Tian y B Tian (Caso No. [2018] Ji 24 Xie Wai Ren No. 163 ([2018] 吉 24 协 外 认 163 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de la Prefectura Autónoma Coreana de Yanbian, provincia de Jilin, el 22 de mayo de 2017, y el 15 de noviembre de 2018 se dictó sentencia aprobando la solicitud de reconocimiento y ejecución de dicho laudo arbitral de la KCAB.

El solicitante, como prestamista, celebró un contrato de préstamo con la empresa pertinente y los dos demandados actuaron como garantes. Posteriormente, las partes tuvieron disputas sobre la deuda. El solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la KCAB, que emitió un laudo arbitral el 4 de agosto de 2016.

Los encuestados argumentaron que, de conformidad con las normas pertinentes de la administración de divisas de China, si los encuestados, ciudadanos chinos, proporcionaron la garantía a empresas extraterritoriales, el solicitante y los encuestados deben acudir a la oficina de administración de divisas para solicitar la aprobación de la garantía offshore y pasar por los procedimientos de registro. Sin embargo, en este caso, las partes no obtuvieron la aprobación y cumplieron con los trámites de registro. Por lo tanto, los declarantes creían que, de acuerdo con las leyes chinas, el contrato de garantía extraterritorial celebrado entre el solicitante y los declarantes no era válido. En consecuencia, reconocer o ejecutar el laudo arbitral dictado por la KCAB con base en el contrato de garantía violaría la política pública de China.

Sin embargo, el tribunal sostuvo que no hubo violación del orden público. El tribunal declaró que ninguno de los motivos de denegación en virtud del artículo V de la Convención de Nueva York existía en este caso, en el que la KCAB llevó a cabo un arbitraje de conformidad con la ley aplicable estipulada en el contrato, es decir, las leyes de Corea del Sur.

El tribunal sostuvo que el laudo arbitral debería ser reconocido y ejecutado en virtud de la Convención de Nueva York, el tratado bilateral entre China y Corea del Sur y la CPL.

14. Dos laudos arbitrales, dictados por 3 árbitros respectivamente el 6 de enero de 2014 y el 3 de octubre de 2014, fueron reconocido y ejecutado

Palabras clave: arbitraje ad hoc

La caso de la solicitud de Maspal Investment Corporation de reconocimiento y ejecución de los dos laudos arbitrales dictada por tres árbitros, a saber, Michael Baker-Harber, Ian Kinnell y Christopher John William Moss, el 6 de enero de 2014 y el 3 de octubre de 2014, contra los demandados, East Sunrise (Group) Co, Limited y Taizhou Star Limited. (Caso No. [2016] Zhe 72 Xie Wai Ren No. 5 ([2016] 浙 72 协 外 认 5 号) y Caso No. [2016] Zhe 72 Xie Wai Ren No. 5 ([2016] 浙 72 协 外认 5 号)).

El solicitante y los dos demandados tenían una disputa sobre un contrato de venta de embarcaciones. Los tres árbitros dictaron un laudo arbitral relacionado con el pago el 6 de enero de 2014, y dictaron un segundo laudo arbitral el 3 de octubre de 2014, con respecto a los daños.

El Tribunal Marítimo de Ningbo registró el caso el 22 de septiembre de 2016 y emitió dos fallos el 20 de marzo de 2018 para reconocer y ejecutar los dos laudos arbitrales.

El tribunal sostuvo que los laudos arbitrales deben reconocerse y ejecutarse de conformidad con la Convención de Nueva York, la CPL y las interpretaciones judiciales aplicables.

15. La solicitud de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 113 emitida por la SIAC en 2017 fue transferido por el tribunal en cuestión a otro tribunal competente

Palabras clave: jurisdicción (tribunal competente - jurisdicción transferida)

La caso de la solicitud de Xinsha International Co., Ltd. de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 113 emitido por la SIAC, contra el demandado, Yingkou National Import & Export Co., Ltd. (Caso No. [2018] Liao 02 Xie Wai Ren No. 9 ([2018] 辽 02 协 外 认 9 号)).

El solicitante y el demandado tenían disputas sobre un contrato de compraventa internacional de bienes y, por lo tanto, el solicitante presentó una solicitud de arbitraje ante la SIAC. La SIAC dictó un laudo arbitral el 12 de octubre de 2017.

El Tribunal Popular Intermedio de Dalian de la provincia de Liaoning registró el caso el 25 de mayo de 2018. Posteriormente, el solicitante presentó una solicitud de retiro de la solicitud ante el tribunal el 20 de junio de 2018, y el tribunal permitió el retiro de la solicitud.

Posteriormente, el solicitante presentó una solicitud ante el tribunal nuevamente, y el tribunal registró el caso el 10 de septiembre de 2018 por segunda vez (Caso No. [2018] Liao 02 AXie Wai Ren No. 17 ([2018] 辽 02 协 外 认 17号)).

El tribunal sostuvo que el solicitante debe dirigirse al tribunal popular intermedio donde se encuentra el domicilio o la propiedad del demandado. El domicilio del demandado no está dentro de la jurisdicción del tribunal y el solicitante no ha proporcionado ninguna prueba que indique que la propiedad del demandado se encuentra en la jurisdicción del tribunal. Por lo tanto, el tribunal sostuvo que el domicilio del demandado estaba ubicado en la jurisdicción del Tribunal Popular Intermedio de Yingkou de la provincia de Liaoning ("Tribunal de Yingkou"). En consecuencia, el tribunal emitió un fallo el 5 de noviembre de 2018, transfiriendo el caso al Tribunal de Yingkou. En la actualidad, aún no hemos encontrado la decisión del Tribunal de Yingkou sobre este caso.

16. Luego de que los laudos arbitrales No. 4437 y No. 4438 dictados por la FOSFA fueron aplicados para reconocimiento y ejecución, los solicitantes se retiró las dos aplicaciones.

Palabras clave: caso retirado

La casos de solicitud de Admasia-Pacific trading Pte.Ltd de reconocimiento y ejecución de los dos laudos arbitrales dictados por la FOSFA, contra el demandado, Rizhao Xingyujia Trade Co., Ltd. (estos dos casos son respectivamente el caso de “[2016] Lu 11 Xie Wai Ren No. 4” ([2016] 鲁 11 协 外 认 4 号) y el caso de “[2016] Lu 11 Xie Wai Ren No. 5 ”([2016] 鲁 11 协 外 认 5 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Rizhao de la provincia de Shandong el 23 de agosto de 2016. Posteriormente, sobre la base de que las dos partes habían llegado a un acuerdo y el solicitante recibió el pago del acuerdo, el solicitante presentó una solicitud para retirar las dos solicitudes el 11 de junio de 2018 El tribunal falló el mismo día, permitiendo el retiro de las solicitudes.

17. Después de que los laudos arbitrales N ° 4476 y N ° 4439 dictados por FOSFA fueron solicitados para reconocimiento y ejecución, los solicitantes se retiró las dos aplicaciones.

Palabras clave: caso retirado

La casos de la solicitud de Columbia Grain Trading Inc. de reconocimiento y ejecución de los dos laudos arbitrales dictados por la FOSFA, contra el demandado, Rizhao Xingyujia Trade Co., Ltd. (estos dos casos son respectivamente el caso de “[2017] Lu 11 Xie Wai Ren No. 6” ([2017] 鲁 11 协 外 认 6 号) y el caso de “[2017] Lu 11 Xie Wai Ren No. 7 ”([2017] 鲁 11 协 外 认 7 号)).

El caso fue registrado por el Tribunal Popular Intermedio de Rizhao de la provincia de Shandong el 20 de octubre de 2017. Posteriormente, sobre la base de que las dos partes habían llegado a un acuerdo y el solicitante había recibido el pago del acuerdo, el solicitante presentó una solicitud para retirar las dos solicitudes el 20 de septiembre. 2018. El tribunal dictaminó el mismo día que se retiraron las solicitudes.

18. Después de que los laudos arbitrales No. A01 / 2013/36 dictados por la ICA fueron solicitados para reconocimiento y ejecución, el solicitante se retiró la aplicación.

Palabras clave: caso retirado

La casos de la solicitud de Omnicotton, Inc de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. A01 / 2013/36 emitido por la ICA, contra el demandado, Shandong Yanggu Shunda Textile Co., Ltd. (Caso núm. [2015] Liao Min Wu Chu Zi núm. 6 ([2015] 聊 民 五 初 字 第 6 号)).

El Tribunal Popular Intermedio de Liaocheng de la provincia de Shandong registró el caso. Posteriormente, Omnicotton presentó una solicitud de retiro de la solicitud el 13 de julio de 2018, alegando que las dos partes habían llegado a un acuerdo de transacción. El tribunal dictaminó el 13 de agosto de 2018 que la solicitud fue retirada.

19. Después de que se solicitara el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral núm. 19980 / MCP / DDA dictado por la CCI, el solicitante se retiró la aplicación.

Palabras clave: caso retirado

La casos de la solicitud de Kahale Technical Group LLC (Kahale) de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral No. 19980 / MCP / DDA dictado por la CCI, contra el demandado, Shandong Electric Power Construction Corporation III (Caso No. [2017] Lu 02 Xie Wai Ren No. 6 ([2017] 鲁 02 协 外 认 6 号)).

El Tribunal Popular Intermedio de Qingdao de la provincia de Shandong registró el caso el 14 de septiembre de 2017. Posteriormente, Kahale presentó una solicitud de retirada de la solicitud el 27 de junio de 2018. El mismo día, el tribunal dictaminó que la solicitud fue retirada.

20. Después de que se solicitara el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral dictado por un árbitro desconocido, el solicitante se retiró la aplicación.

Palabras clave: caso retirado

La casos de solicitud de Plama Investment de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral, contra el demandado, Shanghai Chaori International Trade Co., Ltd. (Caso No. [2017] Hu 01 Xie Wai Ren No. 2 ([2017] 沪 01 协 外 认 2 号)).

El Primer Tribunal Popular Intermedio de Shanghai registró el caso el 5 de junio de 2018. Posteriormente, el demandante presentó una solicitud de retirada de la solicitud el 31 de enero de 2018, y el tribunal dictaminó el 6 de febrero de 2018 que la solicitud fue retirada. En la actualidad, aún no se conoce el nombre de la institución de arbitraje extranjera involucrada.

21. Después de que se solicitara el reconocimiento y la ejecución del laudo arbitral dictado por un árbitro desconocido, el solicitante se retiró la aplicación.

Palabras clave: caso retirado

La casos de la solicitud de Olam International Limited de reconocimiento y ejecución del laudo arbitral, contra el demandado, Zhengzhou Chaoge Spinning Co., Ltd. (Caso No. [2018] Yu 01 Xie Wai Ren No. 2 ([2018] 豫 01 协 外 认 2 号)).

El Tribunal Popular Intermedio de Zhengzhou de la provincia de Henan registró el caso el 3 de febrero de 2017. Posteriormente, Olam no pagó los honorarios del litigio dentro del plazo especificado por el tribunal y solicitó el retiro de la solicitud. El tribunal dictaminó el 14 de junio de 2018 que la solicitud fue retirada. En la actualidad, aún no se conoce el nombre de la institución de arbitraje extranjera involucrada.

 

Para obtener más información sobre el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales extranjeros en China, no dude en descargar nuestro Boletín CJO vol. 2 no. 1.

 

 

Si desea hablar con nosotros sobre la publicación o compartir sus opiniones y sugerencias, comuníquese con la Sra. Meng Yu (meng.yu@chinajusticeobserver.com). Si desea obtener el texto completo de estas decisiones, comuníquese también con la Sra. Meng Yu.

Si necesita servicios legales para el reconocimiento y ejecución de sentencias y laudos arbitrales extranjeros en China, comuníquese con el Sr. Guodong Du (guodong.du@chinajusticeobserver.com ). Du y su equipo de abogados experimentados podrán ayudarlo.

Si desea recibir noticias y obtener información detallada sobre el sistema judicial chino, no dude en suscribirse a nuestros boletines informativos (suscríbete.chinajusticeobserver.com ).

Colaboradores: Guodong Du 杜国栋 , Meng Yu 余 萌

Guardar como PDF

Quizás te interese

Inaugurada en Beijing la Conferencia del Grupo Regional de Arbitraje de Asia y el Pacífico 2023

En noviembre de 2023, comenzó en Beijing la Conferencia del Grupo Regional de Arbitraje de Asia y el Pacífico (APRAG) de 2023, que se centró en el arbitraje internacional en tiempos cambiantes; el Ministerio de Justicia de China anunció planes para un proyecto piloto del Centro de Arbitraje Comercial Internacional y el compromiso de Beijing de brindar servicios integrales. servicios Legales.

SPC publica el Informe anual 2020 sobre revisión judicial del arbitraje comercial

En septiembre de 2023, el Tribunal Popular Supremo de China publicó su Informe Anual 2020 sobre Revisión Judicial del Arbitraje Comercial, con el objetivo de estandarizar criterios, regular el poder de revisión judicial, guiar a las instituciones de arbitraje y proporcionar materiales de casos para enmiendas legislativas.