El 23 de septiembre de 2020, El Tribunal Popular Intermedio de Wuhan dictaminó que la compañía estadounidense, Inter Digital, Inc., y sus afiliadas (en lo sucesivo, "Inter Digital") deben retirar o suspender inmediatamente la solicitud de decisión con respecto a las regalías de patentes y la orden judicial temporal al tribunal indio contra Xiaomi Communications Technology Co. Ltd. (en lo sucesivo, "Xiaomi") en la India y no se aplicará a ningún fallo ni mandato judicial de este tipo en ningún tribunal de todo el mundo. Por la violación de dicha resolución, se devengará diariamente una multa de 1 millón de yuanes por día.
El Tribunal Popular Intermedio de Wuhan sostuvo que tiene la jurisdicción del caso, ya que Xiaomi está registrada en China y que una de sus filiales se encuentra en Wuhan. Además, el caso fue aceptado por el tribunal chino primero antes de ser aceptado por el tribunal indio. En caso de cualquier acción paralela entre países, la jurisdicción será ejercida por el tribunal que primero acepte el caso en principio. Antes de la conclusión del caso, la orden judicial temporal para que Inter Digital presente una demanda no le causará pérdidas materiales.
Desde 2013, Xiaomi, como ejecutor de las Patentes Esenciales Estándar (SEP) para las comunicaciones inalámbricas, ha llevado a cabo varias rondas de negociaciones con Inter Digital sobre licencias de patentes en vano. El 9 de junio de 2020, Xiaomi presentó una demanda ante el Tribunal Popular Intermedio de Wuhan para determinar los derechos de patente. El 29 de julio de 2020, Inter Digital demandó a Xiaomi en un tribunal de Delhi en India para resolver las disputas sobre la tasa de regalías de patentes y solicitar medidas cautelares. El 4 de agosto de 2020, Xiaomi presentó una solicitud de orden judicial, la preservación del comportamiento, ante el Tribunal Popular Intermedio de Wuhan.
Después de ordenar la orden judicial contra la demanda mencionada anteriormente el 23 de septiembre de 2020, el Tribunal Popular Intermedio de Wuhan desestimó además la solicitud de reconsideración sobre el fallo presentado por Inter Digital el 4 de diciembre de 2020.
Colaboradores: Equipo de colaboradores del personal de CJO