El Tribunal Popular Supremo de China (SPC) emitió un documento judicial el 16 de abril de 2020, abordando los problemas relacionados con COVID-19, como fuerza mayor, disputas laborales y limitación de acción.
El SPC ha promulgado tres documentos judiciales en respuesta a la epidemia de COVID-19 en abril, mayo y junio, respectivamente. Presentaremos el primer documento en esta publicación.
Vea las otras dos publicaciones de la Serie, para una discusión detallada de la Opinión II y la Opinión III del SPC en respuesta a la pandemia de COVID-19:
- Coronavirus, disputas contractuales y casos de quiebra: los tribunales chinos responden a la serie COVID-19-02
- Coronavirus, cartas de crédito e industria naviera: los tribunales chinos responden a la serie COVID-19-03
El primer documento judicial es el Opiniones orientadoras sobre varios temas relacionados con el juicio adecuado de casos civiles relacionados con el COVID-19 (I) (关于 依法 妥善 审理 涉 新 冠 肺炎 疫情 民事案件 若干 问题 的 指导 意见 (一)) (en adelante, "Opinión I").
Según la Opinión I, la actitud básica de la SPC al tratar las disputas relacionadas con COVID-19 es guiar activamente a las partes interesadas para negociar y reconciliarse entre sí, compartir riesgos y superar las dificultades, y los tribunales harán esfuerzos equilibrar los intereses de las partes interesadas al tiempo que se aplican con precisión las leyes basadas en los hechos de los casos.
Técnicamente hablando, las opiniones del SPC son consistentes con las leyes chinas y apenas agregan nada nuevo sobre temas específicos. Entonces, ¿por qué el SPC emite estos documentos judiciales?
De hecho, el SPC está dando más aclaraciones a los tribunales locales para evitar su comprensión inconsistente de las leyes. Esta es también la función principal de la publicación de dichos documentos judiciales.
Los puntos clave de la Opinión I son los siguientes:
Fuerza mayor
El SPC es cauteloso con la aplicación de fuerza mayor y requiere que los tribunales locales la apliquen de manera prudente de conformidad con las leyes.
1. Carga de la prueba por fuerza mayor
Cuando una parte alegue estar parcial o totalmente eximida de su responsabilidad por causa de fuerza mayor, asumirá la carga de la prueba de los hechos que la fuerza mayor conduzca directamente al incumplimiento parcial o total de las obligaciones civiles.
2. Exención de responsabilidad por incumplimiento de contrato
Si la epidemia de COVID-19 causa directamente el incumplimiento del contrato, los tribunales eximirán parcial o totalmente la responsabilidad de las partes relevantes según la influencia de la epidemia.
En este caso, la parte notificará sin demora a la otra parte que el contrato no se puede ejecutar. Si es debido a las razones de la parte que la ejecución del contrato está influenciada por la epidemia o las pérdidas de la otra parte aumentan, la parte asumirá la responsabilidad.
3. Ejecución continua del contrato
Si la epidemia de COVID-19 simplemente causa dificultades en la ejecución de los contratos, los tribunales guiarán activamente a las partes para que continúen cumpliendo el contrato y no respaldarán la solicitud de rescindir el contrato.
Si la ejecución continua del contrato es obviamente injusta para una de las partes, la parte puede solicitar cambiar el período de ejecución del contrato, el método de ejecución, el monto del precio, etc.
Si los objetivos de un contrato no se pueden lograr debido a la situación epidémica, las partes pueden solicitar la rescisión del contrato.
Si una de las partes obtiene un subsidio de un departamento gubernamental, exención o reducción de impuestos y cargos, o recibe fondos de otros, o reducción o exención de deudas debido a la epidemia de COVID-19, el tribunal puede considerar que las dificultades de ejecución del contrato han ha sido aliviado en consecuencia.
II. Conflictos laborales
Cuando un empleador afirma rescindir la relación laboral con un empleado simplemente porque el empleado es un paciente confirmado de la epidemia de COVID-19, un caso sospechoso de COVID-19, un portador asintomático, una persona aislada o el empleado. proviene de un lugar donde la epidemia es relativamente grave, el tribunal no admitirá tales afirmaciones.
III. Limitación de acción
Si una de las partes no puede ejercer el derecho de reclamo debido a la epidemia de COVID-19, puede reclamar la suspensión de la limitación del período de acción bajo ciertas circunstancias, a fin de evitar el vencimiento de la limitación de acción.
Si una de las partes no puede participar en un litigio en el período previsto por la ley o designado por el tribunal popular debido a la epidemia, puede solicitar la postergación de la limitación de tiempo.
IV. Daños punitivos
En una situación en la que los consumidores reclamen daños punitivos previstos por la ley en la venta de mascarillas, gafas, trajes protectores, desinfectantes y otros artículos antiepidémicos, así como alimentos y medicinas operados por los operadores comerciales, el tribunal deberá respaldar reclamo de los consumidores por una indemnización punitiva.
V. Aplicación unificada de las leyes
El SPC enfatiza en el último artículo de la Opinión I que los tribunales de todos los niveles unificarán el estándar de aplicación de la ley en los casos relacionados con la epidemia de COVID-19.
Foto de zhang kaiyv (https://unsplash.com/@zhangkaiyv) en Unsplash
Colaboradores: Guodong Du 杜国栋 , Meng Yu 余 萌